El Juzgado Contravencional Nª 1 dio a conocer un relevamiento de los trabajos comunitarios que se realizan en distintas instituciones de la Quebrada y de la Puna.

En el marco de la aplicación del Código Contravencional en el periodo 2021, el Juzgado Contravencional N°1 a cargo del Dr. José Matías Ustarez Carrillo, y la Secretaría N°3 del Dr. Nelson Wilfredo Méndez dieron a conocer el cumplimiento de condenas de trabajo comunitario en los Departamentos de Tumbaya, Humahuaca, Cochinoca y Yavi.

Cabe destacar, que la situación económica, social y las condiciones particulares de los imputados por infracciones contravencionales y la ubicación geográfica en virtud de la descentralización que lleva adelante el organismo, determinan la viabilidad de la aplicación de estas penas, con el asesoramiento y la defensa técnica de la Defensora Oficial Contravencional N° 1, Dra. Florencia Ortiz y la contratación de un seguro de accidentes personales a cargo del protagonista.

Las instituciones con las que el Juzgado trabaja para la ejecución de las tareas comunitarias, cumpliendo con las medidas de bioseguridad por la situación epidemiológica, son la Comisión Municipal de Volcán, Municipalidad de Abra Pampa, Municipalidad de La Quiaca, El Hogar de Ancianos de la Ciudad de Humahuaca y La Quiaca, y la Escuela de Humahuaca.

El trabajo comunitario consiste en tareas de colaboración y asistencia a adultos mayores, limpieza de espacios públicos, refacción y pintura de los lugares públicos, entre otras.

Cabe mencionar que cuando una causa se deriva a las autoridades supervisoras de la ejecución de la pena de trabajo comunitario, éstas posteriormente informan al juez el cumplimiento o irregularidad de cada caso particular. 

El Código Contravencional, en el art. 33 establece, sobre las penas en su conjunto, que “la finalidad es la adaptación de la persona a las condiciones de vida en una comunidad jurídicamente organizada, adaptación necesaria para la realización individual y social, que el contraventor tome conciencia de la responsabilidad social que le incumbe como participe de la comunidad  democrática”.

Por ello este Juzgado recomienda dar estricto cumplimiento a las disposiciones contravencionales y la reglamentación respectiva, habida cuenta que la normativa vigente dispone la intensificación de penas en casos de detectarse  la reincidencia de infracciones contravencionales.

Ante cualquier consulta la Secretaría Nº 3 funciona en calle Padilla S/N localidad de Tilcara.