En el marco del cumplimiento del Código Contravencional y Ley N° 5956 de “REGULACIÓN INTEGRAL DE DISTRIBUCIÓN, DEPÓSITO, VENTA, SUMINISTRO, PROVISIÓN Y EXHIBICIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS”. El día de ayer, en horas del mediodía, se llevó a cabo una medida procesal de clausura, a un comercio de la ciudad de Pálpala. Medida ordenada por el titular del Juzgado Contravencional N° 1, Dr. José Matías Ustarez Carrillo, Secretaria Dra. Melina Ramos. En este sentido, luego de haber valorado todos los elementos de prueba obtenidos por la Policía de la Provincia de Jujuy y teniendo en cuenta la reincidencia del protagonista, se determinó aplicar al propietario del comercio, la pena de multa y clausura por lo que queda terminantemente prohibida toda actividad comercial en el inmueble durante el tiempo de la medida.

En vista de ello, desde el Juzgado Contravencional Nº 1, se insta a los comerciantes, a respetar todos los protocolos, normas vigentes para la comercialización de bebidas alcohólicas, permanente renovación de documentación de sus locales, teniendo en cuenta las distintas modalidades y facilidades que existen a fin de garantizar el derecho al trabajo. Sin perder de vista que la reincidencia es un agravante al momento de dictar sentencia, lo cual puede devenir en clausuras definitivas.